Señalan que “todos los refugiados y desplazados tienen derecho a que se les restituyan las viviendas, las tierras y el patrimonio de que hayan sido privados arbitraria o ilegalmente o a que se les indemnice por cualquier vivienda, tierra o bien cuya restitución sea considerada de hecho imposible por un tribunal independiente e imparcial”. Así mismo que los “Estados darán prioridad de forma manifiesta al derecho de restitución como medio preferente de reparación en los casos de desplazamiento y como elemento fundamental de la justicia restitutiva. El derecho a la restitución de las viviendas, las tierras y el patrimonio es un derecho en sí mismo y es independiente de que se haga o no efectivo el regreso de los refugiados y desplazados a quienes les asista ese derecho”.
Autor: ONU. Comisión de Derechos Humanos.
http://www.acnur.org/t3/a-quien-ayuda/desplazados-internos/
Restitución - Vivienda - Obligaciones de los Estados
Recuerda las obligaciones de los Estados de respetar, asegurar que se respeten y aplicar las normas internacionales de derechos humanos y el derecho internacional humanitario, resaltando los derechos que tienen las víctimas, entre ellos, el acceso a la justicia, la reparación y la no discriminación.
Autor: ONU. Comisión de Derechos Humanos.
http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/reparacion.htm
Derechos de las víctimas - Acceso a la justicia - Reparación
Recuerda las obligaciones generales de los Estados, de adoptar medidas eficaces para luchar contra la impunidad, especialmente en los temas de verdad, justicia y reparación, incluida la no repetición.
Autor: ONU. Comisión de Derechos Humanos.
http://ap.ohchr.org/documents/dpage_s.aspx?si=E/cn.4/2005/102/Add.1
Obligaciones de los Estados - Reparación - No repetición
La Convención señala los derechos que se relacionan directamente con la situación de la migración para fines de empleo. En ella se refleja la visión actual de las tendencias migratorias, tanto desde el punto de vista de los Estados de origen como de los Estados receptores de trabajadores migratorios y sus familiares. Señala a los Estados los deberes de protección especial que tiene con esta población.
Autor: ONU. Comité de protección de los derechos de todos los trabajadores migrantes y de sus familiares.
http://www.derechos.org/nizkor/ley/migracion.html#La%20Convenci%C3%B3n%20y%20su%20aplicaci%C3%B3n
Trabajadores migrantes - Discriminación - Derecho a la propiedad
La convención indica que los Estados deben tomar medidas efectivas para evitar la discriminación contra las mujeres y para lograr el derecho a la igualdad en todas las formas, para hombres y mujeres.
Autor: ONU. Asamblea General.
http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/text/sconvention.htm
Discriminación - Derecho a la igualdad - Acceso a la justicia - Propiedad privada
Resalta, entre otros principios, que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y que por tanto, tiene todos los derechos y libertades proclamados en la Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
Autor: ONU. Asamblea General.
http://www.un.org/es/comun/docs/?path=/es/documents/udhr/index_print.shtml
Dignidad - Igualdad ante la ley - Propiedad privada